Municipio Cuba > Expatriados > Voto desde el Extranjero: ¿es posible?

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

El Régimen de La Habana ha dado siempre mucho de qué hablar, y no es una excepción si se trata de su sistema electoral y su negativa hacia el voto de cubanos residentes en el extranjero. Te lo explicaremos a continuación.

Voto desde el Extranjero Cuba

Existe una lista de condiciones para ejercer el derecho al voto. La Ley Electoral de Cuba establece que todos los ciudadanos de Cuba, hombres y mujeres, incluyendo la armada, poseen el derecho al sufragio activo y pasivo, cuyo ejercicio requiere el cumplimiento de condiciones. Estos requisitos pueden considerarse aceptables en cualquier democracia del mundo; sin embargo, estos están ligados a la razón de ser del sistema político que ha liderado por décadas a Cuba, este marco regulatorio exige a los ciudadanos cubanos estar al servicio “a los fines de la sociedad socialista”. (Artículo 53 de la Constitución).

Requisitos para ejercer el derecho al voto:

  • • Ser residente permanente dentro del país por un período igual o mayor a dos (2) años previamente a las elecciones y estar correctamente inscripto en el Registro de Electores del Municipio y en la relación correspondiente a la circunscripción electoral donde haya fijado su domicilio; o en la lista de una circunscripción electoral de carácter especial.
  • • En el caso de ser parte de la institución armada, se deberá presentar, en el colegio electoral, el Documento de Identidad o el Carnet de Identidad del Instituto al cual se pertenezca.
  • • Estar en la completa capacidad de ejercer todos los derechos electorales que le reconocen la ley y la Constitución Cubana.

Reconocimiento del derecho al sufragio en el extranjero

Existen muchas investigaciones al respecto de las votaciones para cubanos residentes en el extranjero, luchas para lograrlo, movimientos que solicitan por todos los medios el reconocimiento de sus derechos al voto, incluso estando fuera de los límites geográficos de Cuba, pero hasta hoy no se ha conseguido que el Gobierno Cubano les otorgue este derecho votantes residentes en el exterior. Esto radica en la posición de que quienes están fuera del país no tienen peso de opinión sobre el acontecer diario en Cuba.

Cuba lucha incansablemente

Los residentes en el exterior no podrán emitir su voto en ninguna de las elecciones, a su vez, no se dio a conocer por ningún medio el mecanismo para que las sugerencias u opiniones de los que residen en el extranjero sean tomadas en cuenta en los proyectos de reforma.

El régimen cubano no brinda a los cubanos que viven en el extranjero la libertad de votar en las elecciones.

La Ley Electoral en el Artículo 4 expresa que cada ciudadano, con capacidad legal para ello, tiene derecho a “votar en los referendos que sean convocados”. La misma norma en su Artículo 164 menciona: La Comisión Electoral Nacional, en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone lo necesario para garantizar el ejercicio del voto por los electores "en misión especial" que se encuentran fuera del territorio nacional el día que se celebre el referendo.”

La Declaración Universal de Derechos Humanos de la ONU promueve que: “toda persona tiene derecho a participar en el Gobierno de su país, directamente o por representantes escogidos libremente”.

Nota Importante

En el año 2016, un grupo de exiliados en España y México, solicitó que los cubanos que residan en el extranjero fueran tenidos en cuenta como electores por la legislación vigente, y que, por medio de la inscripción en el Registro Electoral, hagan uso de su derecho como votantes activos. No hubo respuesta de las autoridades cubanas.

Tenemos que decirte que, lamentablemente, y a pesar de todos los esfuerzos, Cuba, hasta ahora, no permite el voto de ningún cubano que resida en el extranjero